Autoridades de ASFI
APS: Aseguradoras cubrieron por coberturas de muerte e invalidez permanente aproximadamente USD71 millones
La Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), María Esther Cruz López, comunicó que, hasta agosto de 2024, las aseguradoras desembolsaron alrededor de 71 millones de dólares por coberturas de muerte e invalidez permanente. Además, destacó que en las tres gestiones anteriores (2021-2023), estos montos fueron de 167 millones, 124 millones y 104 millones de dólares, respectivamente.
Esta información se compartió tras la firma del Convenio
de Cooperación Interinstitucional con la Autoridad de Supervisión del Sistema
Financiero (ASFI), que establece mecanismos para la gestión, supervisión,
fiscalización y control de los reclamos presentados por consumidores
financieros, asegurados, tenedores y/o beneficiarios de seguros, en el ámbito
de sus competencias.
La Directora también informó que, en cumplimiento de sus
atribuciones bajo la Ley N° 1883 de Seguros, la APS atendió un total de 103
reclamos, de los cuales 46 ya fueron resueltos. De estos, 24 casos se
reevaluaron, aceptaron y pagaron por las aseguradoras, mientras que 22 fueron
rechazados de manera definitiva. Actualmente, hay 57 reclamos en proceso de
atención.
Asimismo, subrayó que el Seguro de Desgravamen se encarga
de cubrir la deuda del asegurado en caso de fallecimiento o invalidez
permanente, protegiendo así la fuente de pago de los préstamos y evitando que
los familiares del asegurado deban asumir dicha deuda.
Durante la conferencia de prensa, la autoridad recomendó
a los asegurados que, en caso de dudas o complicaciones con sus reclamos,
busquen el apoyo especializado de la APS para asegurar el cumplimiento de sus
derechos y tomar decisiones informadas.
También anunció la implementación de un tríptico
informativo dirigido a los solicitantes de crédito, en el que se detallarán las
características del seguro de desgravamen, su forma de pago, exclusiones y
condiciones generales.
El convenio firmado tendrá una duración de diez años a
partir de su firma. Al finalizar este periodo, y para asegurar su continuidad,
podrá renovarse mediante un acuerdo mutuo entre las partes, previa notificación
escrita que indique la intención de renovación.