Autoridades de ASFI

APS: Aseguradoras cubrieron por coberturas de muerte e invalidez permanente aproximadamente USD71 millones

 La Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), María Esther Cruz López, comunicó que, hasta agosto de 2024, las aseguradoras desembolsaron alrededor de 71 millones de dólares por coberturas de muerte e invalidez permanente. Además, destacó que en las tres gestiones anteriores (2021-2023), estos montos fueron de 167 millones, 124 millones y 104 millones de dólares, respectivamente.

Esta información se compartió tras la firma del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), que establece mecanismos para la gestión, supervisión, fiscalización y control de los reclamos presentados por consumidores financieros, asegurados, tenedores y/o beneficiarios de seguros, en el ámbito de sus competencias.

La Directora también informó que, en cumplimiento de sus atribuciones bajo la Ley N° 1883 de Seguros, la APS atendió un total de 103 reclamos, de los cuales 46 ya fueron resueltos. De estos, 24 casos se reevaluaron, aceptaron y pagaron por las aseguradoras, mientras que 22 fueron rechazados de manera definitiva. Actualmente, hay 57 reclamos en proceso de atención.

Asimismo, subrayó que el Seguro de Desgravamen se encarga de cubrir la deuda del asegurado en caso de fallecimiento o invalidez permanente, protegiendo así la fuente de pago de los préstamos y evitando que los familiares del asegurado deban asumir dicha deuda.

Durante la conferencia de prensa, la autoridad recomendó a los asegurados que, en caso de dudas o complicaciones con sus reclamos, busquen el apoyo especializado de la APS para asegurar el cumplimiento de sus derechos y tomar decisiones informadas.

También anunció la implementación de un tríptico informativo dirigido a los solicitantes de crédito, en el que se detallarán las características del seguro de desgravamen, su forma de pago, exclusiones y condiciones generales.

El convenio firmado tendrá una duración de diez años a partir de su firma. Al finalizar este periodo, y para asegurar su continuidad, podrá renovarse mediante un acuerdo mutuo entre las partes, previa notificación escrita que indique la intención de renovación.