Ex presidente Evo Morales
Evo pide Bs 1.9 millones al TSE como resarcimiento porque le impidieron ser candidato a senador
La defensa de Juan Evo Morales, máximo dirigente del
masismo, solicitó a la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental
de Justicia de La Paz que se dé curso a la sentencia constitucional
0087/2021-S4 del TCP en la que se establece una indemnización debido a que no
pudo ser candidato a primer senador de Cochabamba. El pedido de resarcimiento
asciende a Bs 1.9 millones.
La sentencia establece la calificación del daño y
consecuente indemnización económica a favor de Morales Ayma, a ser analizada y
dispuesta dicha sala constitucional, considerando como parámetro los gastos
judiciales, así como el lucro cesante y daño emergente ocasionados.
El reciente documento que llegó a la redacción de UNITEL, el
cual es impulsado por Wilfredo Chávez, exprocurador y abogado del jefe masista,
pide que esta indemnización llegue de parte del Tribunal Supremo Electoral
(TSE), que en ese entonces estaba presidido por Salvador Romero.
El documento refleja un desglose de los gastos realizados,
donde reclama por los sueldos que Morales hubiera recibido por un periodo de
cinco años (60 meses) que equivalen a Bs 1.39 millones, aguinaldos, 80 días de
vacación y gastos judiciales, como la redacción de un amparo constitucional por
valor de Bs 20.000 o los honorarios profesionales.
El TSE rechazó en 2020 el intento de Evo Morales de postular
a senador en las elecciones generales, ya que no cumplía con el requisito de
residencia permanente en Bolivia, obligatorio para participar en el proceso.
“Solicitamos respetuosamente se proceda a la calificación y
consecuente indemnización económica a favor de Juan Evo Morales Ayma, por un
total de Bs. 1.912.933,59 (Un millón novecientos doce mil novecientos treinta y
tres 59/100 Bolivianos), por concepto de gastos judiciales, lucro cesante y
daño emergente, a ser pagado por el Tribunal Supremo Electoral”, reza el
documento.
Con estos argumentos, la defensa de Morales espera que la
Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
contemple la calificación de daños y perjuicios, así como el cobro que emerge
del cumplimiento obligatorio de sentencias constitucionales.
Asimismo, el documento refleja que esta situación no solo
implica la vulneración de los derechos políticos y a la igualdad del
accionante, sino que también “repercutió en su proyecto de vida, así como de la
garantía al debido proceso.