La Policía española tendrá la autoridad para suspender partidos de fútbol por actos racistas
El Ministerio del Interior de
España ha elaborado una nueva instrucción para reforzar las facultades de la
Policía en los aledaños y el interior de los estadios de fútbol tras el
mediático caso Vinícius Junior, quien ha sufrido reiteradamente insultos,
descalificaciones y cánticos racistas.
Así, se refuerza el papel del
mando policial que realiza las labores de coordinación de seguridad en los
recintos deportivos de las máximas competiciones de fútbol y baloncesto. A
partir de ahora, podrá solicitar al árbitro que no inicie, que pare o que
suspenda un partido de manera temporal o definitiva si se producen incidentes
racistas graves.
También podrá desalojar una
parte o el estadio completo, decisión que estará facultado a tomar de manera
unilateral, "en supuestos urgentes de alteración de la seguridad pública o
grave riesgo para la misma", según el texto de la instrucción, al que ha
tenido acceso El País.
Actualmente, el protocolo en
vigor en los estadios españoles es el elaborado en 2017 por la FIFA, que
establece que es el árbitro quien toma la decisión de suspender un encuentro.
Hasta ahora solo se ha aplicado una vez, y no ha sido en un caso de racismo, a
pesar de los numerosos incidentes de este tipo que se producen en los campos de
fútbol del país desde hace décadas.
En el caso más polémico que
involucró a Vinícius Jr., ocurrido el 21 de mayo en Mestalla, el campo del
Valencia C.F., el partido terminó de disputarse tras una interrupción. Más
tarde, el club valencianista fue sancionado con una multa y el cierre parcial
del estadio y tres hombres fueron detenidos por la Policía acusados de un
delito de odio.
A partir de ahora, cuando la
nueva instrucción de Interior entre en vigor, regirán nuevos criterios de
actuación para el coordinador de seguridad, figura policial creada en 2007 por
la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el
deporte, encargada de los dispositivos de seguridad en los eventos deportivos.
La nueva norma recoge que el
mando policial puede proponer al colegiado la suspensión cuando aprecie
"actos o conductas violentas, racistas o xenófobas o intolerantes"
entre el público o "el incumplimiento por el público de las condiciones de
permanencia en el recinto".
Si los hechos revisten
carácter grave, se podrá proponer la suspensión definitiva, por ejemplo, cuando
en el mismo encuentro ya se haya producido una suspensión temporal por los mismos
motivos o similares.
Asimismo, si persisten los
hechos que propiciaron la paralización temporal, la Policía podrá proponer el
desalojo total o parcial de la grada o de un grupo de asistentes, para
proseguir después con el encuentro. Esta decisión deberá ser tomada de común
acuerdo entre el árbitro y el coordinador de seguridad.
Además, el responsable
policial podrá decretar de manera unilateral el desalojo del estadio "una
vez agotados los llamamientos a restablecer el orden y cuando no exista
posibilidad inmediata de dicho restablecimiento". En este supuesto, el
funcionario no consultará la medida con colegiado, sino que le informará.
El texto de la instrucción
recoge también las conductas sancionables de los organizadores del encuentro,
como la "permisividad" ante los comportamientos racistas o el
"apoyo a actividades de peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos de
aficionados" que violen la ley contra la violencia y el racismo en el
deporte.
También serán perseguidas las conductas racistas que tengan lugar en los aledaños de los estadios y en los medios de transporte que se dirijan a estos, en referencia al acoso al que en ocasiones se somete a los autobuses de los equipos, así como la difusión de esas imágenes./RT