Luis Fernando Camacho y Mario Aguilera
Por decisiòn del TCP Mario Aguilera sustituirá a Luis Fernando Camacho como Gobernador de Santa Cruz
Este martes, 2 de enero, se conoció que el Tribunal
Constitucional Plurinacional (TCP) dispuso que el actual vicegobernador de
Santa Cruz, Mario Joaquín Aguilera Cirbián, asuma de inmediato como Gobernador
en suplencia legal de Luis Fernando Camacho Vaca, quien se encuentra detenido
preventivamente en la cárcel de Chonchocoro en La Paz.
La sentencia 1021/2023, emitida por la Sala Constitucional
Cuarta del TCP, confirmó una resolución anterior del Tribunal Departamental de
Justicia de Santa Cruz que otorgaba la tutela solicitada por un grupo de
asambleístas del MAS que demandaron el cumplimiento de los artículos 286.I de
la Constitución Política del Estado, 25.1 del Estatuto Autonómico de Santa Cruz
y 10.1 de la Ley Departamental 284 de Santa Cruz.
Estos artículos establecen que, en caso de impedimento del
gobernador, el vicegobernador debe asumir de inmediato la suplencia temporal.
En la sentencia, el TCP ordenó al presidente de la Asamblea
Legislativa Departamental de Santa Cruz, Zvonko Matkovic, y al vicegobernador
del mismo departamento que promuevan la suplencia temporal de Camacho.
Por lo tanto, Aguilera Cirbián debe asumir de inmediato como
gobernador de Santa Cruz.
Desde el equipo de Comunicación de Aguilera, señalaron que
el vicegobernador no fue notificado oficialmente sobre este fallo.
“Yo no soy un títere ni del MAS ni de Creemos (...) Yo estoy
aquí para cumplir con el Estatuto Autonómico, con las competencias del despacho
de la Vicegobernación, que es lo que necesita la población”, afirmó Aguilera en
contacto con DTV.
Camacho fue detenido preventivamente en diciembre de 2022 y
su caso se encuentra en proceso. Desde entonces continuó ejerciendo funciones
desde su encierro.
Su abogado, Martín Camacho, indicó que para pronunciarse al
respecto, debe estar en conocimiento de toda la sentencia. Recordó que Luis
Fernando Camacho sigue siendo el gobernador de Santa Cruz y que el fallo solo
se refiere a una suplencia temporal y no a una pérdida de mandato.
“Mientras no conozcamos la sentencia en su totalidad, no
podemos verter una opinión que sea correcta jurídicamente y sería solamente una
interpretación subjetiva. Mientras no seamos notificados con esta sentencia, yo
difícilmente pueda tener una opinión correcta”, señaló.