Carlos Romero, ex ministro de gobierno
Romero: ”Sentencia del TCP no tiene eficacia jurídica sobre la reelección y Evo está habilitado”
El exministro de Gobierno y uno de los abogados de Evo
Morales, Carlos Romero, afirmó que, para el MAS, la Sentencia Constitucional
Plurinacional (SCP) 1010/2023-S4 no tiene eficacia jurídica sobre la reelección
indefinida y aseguró que Evo Morales está absolutamente habilitado para las
elecciones de 2025. Esto se debe a que el objeto de la Acción de Amparo
Constitucional era preservar la libertad de expresión en el reglamento de
selección de los candidatos a magistrados del Órgano Judicial, indicó.
Romero explicó que la sentencia concede la tutela respecto a
la libertad de expresión. Según él, el verdadero contexto de la tutela es la
vulneración de la libertad de expresión en el Reglamento de Elecciones
Judiciales que señalaba que un funcionario público que se postule para ser
magistrado quedaría inhabilitado en caso de haber emitido opiniones políticas.
El exministro manifestó que ha habido desinformación y una
interpretación "absolutamente antojadiza, poco seria y distorsionada"
ante la opinión pública. Esto se refiere a la idea errónea de que esta
sentencia estaría inhabilitando a Evo Morales para una eventual postulación en
las elecciones de 2025.
"Esto es absolutamente falso e incorrecto porque el
objeto y la materia es la libertad de expresión ", aclaró, señalando que,
en la parte considerativa de la Sentencia, se menciona que, de acuerdo con una
interpretación teleológica, la reelección discontinua estaría restringida en el
sentido de que un presidente o vicepresidente solo debería cumplir 10 años de
mandato. Esta consideración, según Romero, no tiene conexión con el objeto de
la acción de amparo constitucional.
Afirmó que no existe ningún instrumento legal en el ámbito
nacional, jurisprudencia nacional o internacional ni la Opinión Consultiva 028
de la Corte-IDH que establezca limitaciones a la reelección discontinua.
También cuestionó la parte considerativa de la Sentencia donde, según él, hay
una interpretación en el sentido de que la permanencia del MAS en diez años de gobierno
estaría generando "dictadura de un solo partido en el poder".
Explicó que esto equivaldría a que no solo el MAS, sino
cualquier partido, "estarían inhabilitados como partido" porque al
quedarse más de 10 años, se estaría promoviendo "una dictadura camuflada",
situación que no correspondería incluso a la terminología y razonamiento
jurídico de un ente de control de constitucionalidad.
Advirtió que esas consideraciones no tienen ninguna relación
con el tema de la reelección, ya sea continua o discontinua, y no forman parte
de la sentencia porque no era el objeto de la consulta. Sin embargo, entiende
que elementos fueron incorporados para generar "confusión, oscuridad,
ambigüedad y desinformación con un objetivo político, por parte de algunas personas
que están desesperadas por inhabilitar la candidatura de Evo Morales y gente
que está furiosamente desesperada por proscribir al MAS".
Indicó que están plenamente conscientes de una estrategia
externa de la derecha y del gobierno, que forma parte de la derecha interna,
para inhabilitar a Evo Morales. Sin embargo, afirmó que, para el MAS, se trata
de una sentencia "que no tiene eficacia jurídica, no tiene efecto
vinculante y no puede aplicarse una sentencia para un objeto y materia
diferente a la Acción de Amparo Constitucional, porque de lo contrario sería
una incongruencia de campeonato mundial", aunque reconoció que en el fondo
trae un mensaje político de quienes quieren inhabilitar a Evo Morales.
Aseguró que el control de convencionalidad tampoco ha sido
objeto de consulta, por tanto, Evo Morales está absolutamente habilitado y
puede postularse en las elecciones de 2025, concluyó./Erbol