Se incrementa el porcentaje de mezcla de combustible con biodiésel y etanol hasta un 25%

En las últimas horas, el presidente Luis Arce promulgó el Decreto Supremo 5135, que dispone un incremento en la mezcla de Biodiésel o Etanol Anhidro con combustibles fósiles base hasta en un 25 %.

“Con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y Diésel Oíl, el presente Decreto Supremo tiene por objeto determinar el porcentaje de mezcla de Biodiésel y Etanol Anhidro con combustibles fósiles base, para su comercialización”, señala el Decreto en su primer artículo.

Además, fija los porcentajes de mezcla permitidos para la comercialización de combustibles, lo cual está establecido en el artículo dos del Decreto.

“a) Los combustibles a ser comercializados resultantes de la mezcla de Biodiésel o Etanol Anhidro con combustibles fósiles base, tendrán una proporción volumétrica de hasta un veinticinco por ciento (25%) como Aditivos de Origen Vegetal; b) El contenido de Aditivo de Origen Vegetal Etanol Anhidro tendrá una proporción volumétrica de hasta ochenta y cinco por ciento (85%), en los combustibles resultantes de la mezcla a ser comercializados para vehículos con tecnología Flex Fuel”, señala el documento publicado en la Gaceta Oficial.

El Decreto también cuenta con disposiciones transitorias, donde se hace referencia a la reglamentación y los aspectos técnicos para la mezcla de aditivos.

“I. A partir de la publicación del presente Decreto Supremo, en un plazo de sesenta (60) días calendario, los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y metodología de precios para la comercialización de los combustibles fósil base de Diésel Oíl y Gasolina, empleados para su mezcla con Aditivos de Origen Vegetal, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías mediante Resolución Ministerial. II. Una vez emitida la reglamentación correspondiente señalada en el Parágrafo precedente, la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, en el marco de sus atribuciones y la normativa vigente, será responsable de determinar las especificaciones técnicas, económicas y regulatorias para la mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, en un plazo de treinta (30) días calendarios”, indican las disposiciones transitorias del Decreto.

Finalmente, se especifica que YPFB priorizará la compra de Biodiésel producido en el país por empresas públicas o privadas y con materias primas de origen nacional.