Se incrementa el porcentaje de mezcla de combustible con biodiésel y etanol hasta un 25%
En las últimas
horas, el presidente Luis Arce promulgó el Decreto Supremo 5135, que dispone un
incremento en la mezcla de Biodiésel o Etanol Anhidro con combustibles fósiles
base hasta en un 25 %.
“Con la
finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y
Diésel Oíl, el presente Decreto Supremo tiene por objeto determinar el
porcentaje de mezcla de Biodiésel y Etanol Anhidro con combustibles fósiles
base, para su comercialización”, señala el Decreto en su primer artículo.
Además, fija
los porcentajes de mezcla permitidos para la comercialización de combustibles,
lo cual está establecido en el artículo dos del Decreto.
“a) Los
combustibles a ser comercializados resultantes de la mezcla de Biodiésel o
Etanol Anhidro con combustibles fósiles base, tendrán una proporción
volumétrica de hasta un veinticinco por ciento (25%) como Aditivos de Origen
Vegetal; b) El contenido de Aditivo de Origen Vegetal Etanol Anhidro tendrá una
proporción volumétrica de hasta ochenta y cinco por ciento (85%), en los
combustibles resultantes de la mezcla a ser comercializados para vehículos con
tecnología Flex Fuel”, señala el documento publicado en la Gaceta Oficial.
El Decreto
también cuenta con disposiciones transitorias, donde se hace referencia a la reglamentación
y los aspectos técnicos para la mezcla de aditivos.
“I. A
partir de la publicación del presente Decreto Supremo, en un plazo de
sesenta (60) días calendario, los aspectos de calidad, seguridad, transporte,
almacenamiento y metodología de precios para la comercialización de los
combustibles fósil base de Diésel Oíl y Gasolina, empleados para su mezcla con
Aditivos de Origen Vegetal, serán reglamentados por el Ministerio de
Hidrocarburos y Energías mediante Resolución Ministerial. II. Una vez
emitida la reglamentación correspondiente señalada en el Parágrafo
precedente, la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, en el marco de sus
atribuciones y la normativa vigente, será responsable de determinar las
especificaciones técnicas, económicas y regulatorias para la mezcla de Aditivos
de Origen Vegetal, en un plazo de treinta (30) días calendarios”, indican las
disposiciones transitorias del Decreto.
Finalmente, se
especifica que YPFB priorizará la compra de Biodiésel producido en el país por
empresas públicas o privadas y con materias primas de origen nacional.