Policía española podrá suspender partidos de fútbol por actos racistas como los del caso Vinícius
El Ministerio
del Interior de España ha elaborado una nueva instrucción para reforzar las
facultades de la Policía en los aledaños y el interior de los estadios de
fútbol tras el mediático caso Vinícius Junior, quien ha sufrido reiteradamente
insultos, descalificaciones y cánticos racistas.
Así, se
refuerza el papel del mando policial que realiza las labores de coordinación de
seguridad en los recintos deportivos de las máximas competiciones de fútbol y
baloncesto. A partir de ahora, podrá solicitar al árbitro que no inicie, que
pare o que suspenda un partido de manera temporal o definitiva si se producen
incidentes racistas graves.
También podrá
desalojar una parte o el estadio completo, decisión que estará facultado a
tomar de manera unilateral, "en supuestos urgentes de alteración de la
seguridad pública o grave riesgo para la misma", según el texto de la
instrucción, al que ha tenido acceso El País.
Actualmente, el
protocolo en vigor en los estadios españoles es el elaborado en 2017 por la
FIFA, que establece que es el árbitro quien toma la decisión de suspender un
encuentro. Hasta ahora solo se ha aplicado una vez, y no ha sido en
un caso de racismo, a pesar de los numerosos incidentes de este tipo que se
producen en los campos de fútbol del país desde hace décadas.
En el caso más
polémico que involucró a Vinícius Jr., ocurrido el 21 de mayo en Mestalla, el
campo del Valencia C.F., el partido terminó de disputarse tras una
interrupción. Más tarde, el club valencianista fue sancionado con una multa y el cierre parcial del estadio
y tres hombres fueron detenidos por la Policía acusados de un delito de odio.
A partir de
ahora, cuando la nueva instrucción de Interior entre en vigor, regirán nuevos
criterios de actuación para el coordinador de seguridad, figura policial creada
en 2007 por la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la
intolerancia en el deporte, encargada de los dispositivos de seguridad en los
eventos deportivos.
La nueva norma
recoge que el mando policial puede proponer al colegiado la suspensión cuando
aprecie "actos o conductas violentas, racistas o xenófobas o
intolerantes" entre el público o "el incumplimiento por el
público de las condiciones de permanencia en el recinto".
Si los hechos
revisten carácter grave, se podrá proponer la suspensión definitiva, por
ejemplo, cuando en el mismo encuentro ya se haya producido una suspensión
temporal por los mismos motivos o similares.
Asimismo, si
persisten los hechos que propiciaron la paralización temporal, la Policía podrá
proponer el desalojo total o parcial de la grada o de un grupo de asistentes,
para proseguir después con el encuentro. Esta decisión deberá ser tomada de
común acuerdo entre el árbitro y el coordinador de seguridad.
Además, el
responsable policial podrá decretar de manera unilateral el desalojo del
estadio "una vez agotados los llamamientos a restablecer el orden y
cuando no exista posibilidad inmediata de dicho restablecimiento". En este
supuesto, el funcionario no consultará la medida con colegiado, sino que le
informará.
El texto de la
instrucción recoge también las conductas sancionables de los organizadores del
encuentro, como la "permisividad" ante los comportamientos racistas o
el "apoyo a actividades de peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos
de aficionados" que violen la ley contra la violencia y el racismo en el
deporte.
También serán
perseguidas las conductas racistas que tengan lugar en los aledaños de los
estadios y en los medios de transporte que se dirijan a estos, en
referencia al acoso al que en ocasiones se somete a los autobuses de los
equipos, así como la difusión de esas imágenes.